De las cuotas de poder a la paridad de género

Un régimen democrático no puede ser simplemente el acceso a cargos de elección popular por elecciones periódicas, otro elemento necesario es la equidad de género, el acceso sin exclusión a puestos de elección popular y posiciones de poder pareciera necesarios y primordiales para lograr una democracia madura en México.

La participación política de las mujeres en el esquema de las cuotas de género, sirvió para practicar de una forma errónea la llegada de las mujeres a puestos de elección popular, sin embargo, este elemento no se lograba, por una parte, se realizaba la postulación de candidatas en distritos o demarcaciones donde los partidos políticos no tenían oportunidad de ganar; o un caso más cercano fue el denominado de las “juanitas” donde se acordaba la renuncia de mujeres que habían accedido a un puesto de elección popular y renuncia para el ascenso de un hombre al cargo, a todas luces eso era una burla para la equidad de género.

El termino cuota de género, fue entendido en un sentido estricto, como una dadiva y no se entendió como una parte proporcional y para evitar episodios vergonzosos como los enumerados, fue necesario entonces realizar una reforma constitucional aprobada en el año de 2019 para establecer un ejercicio pleno de los derechos políticos electorales a las mujeres.

La reforma adopta entonces el principio de paridad de género que debe armonizar leyes e instituciones, para acceder de una forma plena sus derechos político- electorales, un verdadero acceso a cargos de elección popular y a las responsabilidades públicas, en la actualidad se ha realizado de forma constante la armonización de leyes en la administración pública federal.

La armonización de leyes en los estados se ha realizado en 24 entidades federativas, para garantizar el acceso de mujeres en puestos de poder; es necesario entonces que la armonización se realice lo más pronto posible para su ejecución en el próximo proceso electoral de 2021, pero otro paso es el necesario de presencia de mujeres en puesto de poder y decisión para armonizar y legitimar la ley.

La reforma de paridad de género es un hecho, pero se debe de transitar a la presencia de mujeres en puesto de dirección, por ejemplo, actualmente las legislaturas son paritarias, tanto en el ámbito federal y local, pero cuantas mujeres están en los órganos de dirección, por ejemplo, las juntas de coordinación política.

En lo que respecta a las cuotas y la paridad de género, fungen muchas veces como un piso mínimo para avanzar en el incremento del número de mujeres representantes, tanto en el Legislativo como en el Ejecutivo. Por eso estas medidas son condiciones necesarias, pero no suficientes, para lograr una competencia política igualitaria entre hombres y mujeres. Entonces resulta necesario incorporar además otras acciones tales como el financiamiento para las campañas, la cobertura de medios igualitaria, entre otros, que busquen ampliar la protección de los Derechos Humanos y políticos de las mujeres.

Escrito por: Karina Manzo

Desarrollado porBetterDocs

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *